Consejos de propiedad intelectual para emprendedores y empresarios

Con estas recomendaciones hechas por expertos usted podrá proteger sus marcas, creaciones e invenciones.
13 Jul, 2020

Proteger un negocio, una marca o una obra creativa, requiere de una investigación y un arduo trabajo por parte de la persona o del equipo involucrado. En Colombia, las marcas comerciales, los nombres comerciales, las obras literarias o musicales, los diseños, las patentes, etc. se pueden proteger con diferentes tipos de derechos. Las marcas son un activo intangible de las empresas y son un derecho de propiedad intelectual. El derecho de autor sin embargo, abarca todas las formas de protección en las que se expresan las ideas, y nace a partir del momento de la creación. No obstante, surgen dudas e inquietudes sobre los procesos o las estrategias que se deben ejecutar antes de emprender un negocio o crear una obra, y las alternativas que hay para su debida protección.

Aquí conocerá algunos consejos prácticos que lo ayudarán en cuanto a la creación y protección de su propiedad intelectual. Podemos dividir estas recomendaciones en dos segmentos, el primero tiene que ver con los emprendedores y el segundo con los creadores y artistas. 

En primer lugar, hablando acerca de los emprendedores, estos deben tener en cuenta que durante el surgimiento de un negocio, hay que diseñar una estrategia que vaya en torno a la marca y a las creaciones de los empleados, proveedores y personas que participen en todo el proceso. Para ello, se necesita un especial cuidado en los siguientes aspectos:

  • Verificación previa de la disponibilidad de la marca antes de solicitar el registro: antes de proceder con una solicitud de registro, es fundamental asesorarse muy bien para no perder el valor de las tasas de registro que no son recuperables, y evitar al máximo oposiciones de terceros o negaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), ya que la gran cantidad de marcas que ya están registradas, dificultan en mayor medida un nuevo proyecto con una nueva marca. Además, los registros de marcas en Colombia, se han disparado en los últimos 20 años, resaltando el valor de la marca como uno de los activos más importantes de cualquier empresa (ver estadísticas).
  • El registro de un nombre de una sociedad ante una Cámara de Comercio no implica un registro de marca, puesto que la competencia en esta materia la tiene la SIC. Adicionalmente, en general se desconoce que el uso de un nombre comercial que aun no estando registrado en la SIC, sí puede ser un antecedente para un registro de marca. Por esto, el único antecedente que existe para un registro de marca no es solo otra marca previa, sino también un nombre comercial.
  • Celebrar los contratos que regularicen los derechos de las creaciones o invenciones de empleados y proveedores en el sentido de contar con la absoluta titularidad sobre el diseño y la marca en sí.
  • Garantizar la titularidad del software y el código de programación cuando hay aplicaciones y páginas web de por medio, o al menos una licencia de uso que valide la operatividad a través del contrato respectivo.
  • Cuando se trata de la fabricación de un producto, garantizar contractualmente que los derechos de una creación de un empleado o un proveedor, pertenecen de manera exclusiva al negocio y dejar claro que ese tercero no puede vender los mismos productos a un tercero por otros canales.

 

Si quieres ver los demás aspectos, haz clic aquí